+Artículo 41 3

Artículo 41 3

3.   A efectos del apartado 2, letra b), cuando existan indicios de un perfil de riesgo sistemáticamente inferior, las autoridades competentes podrán complementar su evaluación de la siguiente forma:

a)

exigiendo a la entidad que calcule diariamente y para un período determinado las medidas de la pérdida esperada condicional sin restricciones

Formula

y las medidas de la pérdida esperada condicional parcial

Formula

,

Formula

y

Formula

para cada categoría general de factores de riesgo;

b)

analizando si las citadas medidas son sistemáticamente inferiores el día elegido por la entidad.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito