+Artículo 2 3

Artículo 2 3

3.   La información distinta de la referida en los apartados 1 y 2 se facilitará anualmente y a más tardar el 30 de abril de cada año, sobre la base de la situación a 31 de diciembre anterior, excepto en el caso de la información relativa a la dirección, gestión y propiedad de una entidad, que se facilitará sobre la base de la información más reciente disponible.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito