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+Artículo 3 3 |
Artículo 3 33. Cuando la información se intercambie en formato electrónico, deberán utilizarse canales de comunicación seguros, a menos que las autoridades competentes consideren oportuno utilizar canales de comunicación no seguros. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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