+Artículo 4 1

Artículo 4 1

1.   La información cuantitativa a que se refiere el artículo 2, apartado 2, se intercambiará utilizando la plantilla que se especifica en la parte 1 del anexo I y se facilitará en la forma que se especifica en esa plantilla.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito