+Artículo 10 10.

Artículo 10 10.

Cuando varias empresas colaboren en la distribución de un producto o servicio, los Estados miembros se asegurarán de que la empresa de inversión que mantenga la relación directa con el cliente sea la última responsable de atender las obligaciones de gobernanza de productos establecidas en el presente artículo. No obstante, las empresas de inversión intermediarias:

a) 

se asegurarán de que la información de los productos pertinente se traslade del productor al distribuidor final en la cadena;

b) 

si el productor requiere información sobre las ventas de productos para cumplir sus propias obligaciones de gobernanza de productos, le permitirán que la obtenga, y

c) 

aplicarán las obligaciones de gobernanza de productos a los productores, como proceda, en relación con el servicio que presten.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito