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+Artículo 1 2. |
Artículo 1 2.El presente Reglamento se aplicará a las ECC y sus miembros compensadores, a las contrapartes financieras y a los registros de operaciones. Será aplicable a las contrapartes no financieras y a las plataformas de negociación cuando así se prevea.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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