+Artículo 7quater 2.

Artículo 7quater 2.

No obstante lo dispuesto en el artículo 4, apartado 3 bis, los miembros compensadores y los clientes que presten servicios de compensación a clientes divulgarán, de manera clara y comprensible, para cada ECC a la que presten servicios de compensación, las comisiones que deban cobrarse a dichos clientes por la prestación de servicios de compensación y cualesquiera otras comisiones cobradas, incluidas las comisiones cobradas a los clientes que repercutan los costes, y otros costes asociados relacionados con la prestación de servicios de compensación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito