+Artículo 12 1.

Artículo 12 1.

Los Estados miembros determinarán el régimen de sanciones aplicable en caso de infracción de las disposiciones del presente título y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento. Las sanciones consistirán como mínimo en multas administrativas. Las sanciones previstas serán eficaces, proporcionadas y disuasorias.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito