+Artículo 17bis 1.

Artículo 17bis 1.

Se aplicará un procedimiento acelerado para la autorización de la ampliación de una autorización cuando una ECC desee ampliar su actividad a servicios o actividades adicionales tal como dispone el artículo 15 y dicha ampliación cumpla todas las condiciones siguientes:

a) 

que no dé lugar a que la ECC deba adaptar considerablemente su estructura operativa en cualquier punto del ciclo del contrato;

b) 

que no incluya ofrecer la compensación de contratos que no puedan liquidarse de la misma manera o junto con contratos ya compensados por la ECC;

c) 

que no dé lugar a que la ECC deba tener en cuenta nuevas especificaciones importantes de los contratos;

d) 

que no dé lugar a la introducción de nuevos riesgos significativos o a un aumento considerable del perfil de riesgo de la ECC;

e) 

que no suponga la oferta de un nuevo mecanismo o servicio de liquidación o entrega que implique la vinculación con otro sistema de liquidación de valores, depositario central de valores o sistema de pago que la ECC no utilizara anteriormente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito