|
+Artículo 17bis 1. |
Artículo 17bis 1.Se aplicará un procedimiento acelerado para la autorización de la ampliación de una autorización cuando una ECC desee ampliar su actividad a servicios o actividades adicionales tal como dispone el artículo 15 y dicha ampliación cumpla todas las condiciones siguientes:
a)
que no dé lugar a que la ECC deba adaptar considerablemente su estructura operativa en cualquier punto del ciclo del contrato;
b)
que no incluya ofrecer la compensación de contratos que no puedan liquidarse de la misma manera o junto con contratos ya compensados por la ECC;
c)
que no dé lugar a que la ECC deba tener en cuenta nuevas especificaciones importantes de los contratos;
d)
que no dé lugar a la introducción de nuevos riesgos significativos o a un aumento considerable del perfil de riesgo de la ECC;
e)
que no suponga la oferta de un nuevo mecanismo o servicio de liquidación o entrega que implique la vinculación con otro sistema de liquidación de valores, depositario central de valores o sistema de pago que la ECC no utilizara anteriormente. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|