+Artículo 19 2.

Artículo 19 2.

La AEVM facilitará la adopción del dictamen conjunto de conformidad con su función de coordinación general prevista en el artículo 31 del Reglamento (UE) no 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito