+Artículo 21 2.

Artículo 21 2.

La revisión y evaluación a que se refiere el apartado 1 abarcarán todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento para las ECC. La autoridad competente para la ECC podrá solicitar la asistencia de la AEVM en cualquiera de sus actividades de supervisión, incluidas las enumeradas en el apartado 1.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito