+Artículo 21 2.
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Artículo 21 2.
La revisión y evaluación a que se refiere el apartado 1 abarcarán todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento para las ECC. La autoridad competente para la ECC podrá solicitar la asistencia de la AEVM en cualquiera de sus actividades de supervisión, incluidas las enumeradas en el apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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