+Artículo 23quater 6.

Artículo 23quater 6.

La AEVM, en cooperación con los demás organismos participantes en el Mecanismo de Seguimiento Conjunto, presentará al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión un informe anual sobre los resultados de sus actividades con arreglo al apartado 2.

El informe mencionado en el párrafo primero podrá incluir recomendaciones respecto a posibles actuaciones a escala de la Unión para abordar los riesgos horizontales detectados.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito