+Artículo 24sexies 2.

Artículo 24sexies 2.

El presidente y los miembros independientes del Comité de Supervisión de las ECC presentarán al Parlamento Europeo y al Consejo un informe escrito sobre las principales actividades del Comité de Supervisión de las ECC siempre que se les solicite y en cualquier caso al menos quince días antes de efectuar la declaración a que se refiere el apartado 1.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito