+Artículo 25bis 3.

Artículo 25bis 3.

A fin de garantizar que la evaluación a que se refiere el apartado 1 tenga efectivamente en cuenta los objetivos reglamentarios de los requisitos establecidos en el artículo 16 y los títulos IV y V y los intereses de la Unión en su conjunto, la Comisión adoptará un acto delegado en el que se especifique lo siguiente:

a) 

los elementos mínimos que deberán evaluarse a efectos del apartado 1 del presente artículo;

b) 

las modalidades y condiciones para llevar a cabo la evaluación.

La Comisión adoptará el acto delegado a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 82 a más tardar el 2 de enero de 2021.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito