+Artículo 25quinquies Tasas
---+Artículo 25quinquies 1.
---+Artículo 25quinquies 2.
---+Artículo 25quinquies 3.
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Artículo 25quinquies Tasas
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 25quinquies 1.
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La AEVM cobrará las siguientes tasas a las ECC establecidas en un tercer país de conformidad con el presente Reglamento y con el acto delegado adoptado en virtud del apartado 3:
a)
tasas vinculadas a las solicitudes de reconocimiento a que se refiere el artículo 25;
b)
tasas anuales vinculadas a las funciones que el presente Reglamento atribuye a la AEVM en relación con las ECC que estén reconocidas de conformidad con el artículo 25.
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Artículo 25quinquies 2.
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Las tasas a que se refiere el apartado 1 guardarán proporción con el volumen de negocios de la ECC de que se trate y cubrirán todos los gastos soportados por la AEVM para el reconocimiento y el ejercicio sus funciones de conformidad con el presente Reglamento.
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Artículo 25quinquies 3.
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La Comisión adoptará, de conformidad con el artículo 82, un acto delegado para especificar con mayor precisión lo siguiente:
b)
los conceptos por los que las tasas serán exigibles;
d)
las modalidades de pago de las tasas por:
i)
una ECC que solicite reconocimiento;
ii)
una ECC reconocida, clasificada como ECC de nivel 1 de conformidad con el artículo 25, apartado 2;
iii)
una ECC reconocida, clasificada como ECC de nivel 2 de conformidad con el artículo 25, apartado 2 ter.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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