|
+Artículo 25septies 2. |
Artículo 25septies 2.Cuando envíe una simple solicitud de información con arreglo al apartado 1, la AEVM indicará todos los datos siguientes:
a)
la referencia del presente artículo como base jurídica de la solicitud;
b)
el propósito de la solicitud;
c)
la información requerida;
d)
el plazo para presentar la información;
e)
la advertencia de que, si bien la persona a quien se solicita la información no está obligada a facilitarla, en caso de responder voluntariamente a la solicitud, la información que facilite no deberá ser incorrecta ni engañosa;
f)
la multa prevista en el artículo 25 undecies, en relación con el anexo III, sección V, letra a), por responder con información incorrecta o engañosa a las preguntas formuladas. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|