+Artículo 511 1.

Artículo 511 1.

La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo, a más tardar el 31 de diciembre de 2020, un informe sobre:

a) 

si es adecuado introducir un recargo de ratio de apalancamiento para las OEIS, y

b) 

la definición y el cálculo de la medida de exposición total a que se refiere el artículo 429, apartado 4, incluido el tratamiento de las reservas de los bancos centrales, si procede.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito