+Artículo 27 1.

Artículo 27 1.

La alta dirección de una ECC deberá gozar de la honorabilidad y la experiencia suficientes para asegurar una gestión adecuada y prudente de la ECC.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito