+Artículo 514 2.
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Artículo 514 2.
Sobre la base del informe de la ABE a que se refiere el apartado 1 y teniendo debidamente en cuenta la aplicación en terceros países de las normas acordadas internacionalmente elaboradas por el CSBB, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo, cuando proceda, una propuesta legislativa a fin de modificar los métodos establecidos en la parte tercera, título II, capítulo 6, secciones 3, 4 y 5.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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