+Artículo 35 3.

Artículo 35 3.

Las ECC pondrán a disposición de la autoridad competente, de la AEVM y del colegio a que se refiere el artículo 18, previa solicitud, toda la información necesaria para permitirles evaluar la conformidad de la ejecución de las actividades externalizadas con el presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito