+Artículo 47 6.

Artículo 47 6.

Las ECC no deberán invertir su capital o los importes procedentes de los requisitos establecidos en los artículos 41, 42, 43 o 44 en sus propios valores o en los de su empresa matriz o filial.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito