+Artículo 50 2.
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Artículo 50 2.
Las ECC expondrán claramente sus obligaciones con respecto a las entregas de instrumentos financieros, precisando en particular si están obligadas a efectuar o recibir la entrega de un instrumento financiero o si indemnizarán a los participantes por las pérdidas que se produzcan en el proceso de entrega.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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