+Artículo 4 2.

Artículo 4 2.

Los participantes en los mercados financieros la información proporcionada con arreglo a la letra a) del apartado 1 incluirá al menos lo siguiente:

a) 

información sobre sus políticas en materia de identificación y fijación de prioridades de las principales incidencias adversas en materia de sostenibilidad y de los principales indicadores al respecto;

b) 

una descripción de las principales incidencias adversas en materia de sostenibilidad y de cualquier acción emprendida en relación con este, cuando resulte pertinente, programada;

c) 

breves síntesis de las políticas de implicación con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3, letra g), de la Directiva 2007/36/CE, en su caso;

d) 

referencia a su respeto de códigos de conducta empresarial responsables y normas internacionalmente reconocidas en materia de diligencia debida y de elaboración de informes y, cuando proceda, a su nivel de alineación con los objetivos a largo plazo del Acuerdo de París.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito