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+Artículo 74 2. |
Artículo 74 2.Antes de delegar una tarea, la AEVM consultará a la autoridad competente correspondiente. Esta consulta se referirá:
a)
al alcance de la tarea que vaya a delegarse;
b)
al calendario para realizar la tarea, y
c)
a la transmisión y a la recepción de la información necesaria por parte de la AEVM. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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