+Artículo 74 2.

Artículo 74 2.

Antes de delegar una tarea, la AEVM consultará a la autoridad competente correspondiente. Esta consulta se referirá:

a) 

al alcance de la tarea que vaya a delegarse;

b) 

al calendario para realizar la tarea, y

c) 

a la transmisión y a la recepción de la información necesaria por parte de la AEVM.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito