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+Artículo 79 1. |
Artículo 79 1.Los registros de operaciones detectarán las fuentes de riesgo operativo y las reducirán al mínimo también mediante el desarrollo de sistemas, controles y procedimientos adecuados, incluidos sistemas de TIC gestionados de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2554.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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