+Artículo 79 1.

Artículo 79 1.

Los registros de operaciones detectarán las fuentes de riesgo operativo y las reducirán al mínimo también mediante el desarrollo de sistemas, controles y procedimientos adecuados, incluidos sistemas de TIC gestionados de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2554.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito