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+Artículo 89 13. |
Artículo 89 13.Como excepción a lo dispuesto en el artículo 11, apartado 3, párrafos cuarto y quinto, y apartado 12 bis, hasta que la ABE anuncie la creación de su función de validación central, las autoridades competentes realizarán la validación de los modelos proforma.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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