+Artículo 9 4.
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Artículo 9 4.
Los participantes en los mercados financieros deberán indicar en la información que se habrá de divulgar con arreglo al artículo 6, apartados 1 y 3, dónde podrá encontrarse el método empleado para calcular los índices mencionados en el apartado 1 del presente artículo y los índices de referencia mencionados en el apartado 3, párrafo segundo, del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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