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+Artículo 19 14. |
Artículo 19 14.Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 35 en los que se especifiquen los tipos de operaciones que exigirían el cumplimiento del requisito al que se refiere el apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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