+Artículo 7 Sanciones penales respecto a las personas físicas
---+Artículo 7 1
---+Artículo 7 2
---+Artículo 7 3

Artículo 7 Sanciones penales respecto a las personas físicas

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 7 1

1.   Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las infracciones mencionadas en los artículos 3 a 6 puedan castigarse con sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias.

Artículo 7 2

2.   Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las infracciones mencionadas en los artículos 3 y 5 se castiguen con una sanción máxima de privación de libertad de al menos cuatro años.

Artículo 7 3

3.   Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las infracciones mencionadas en el artículo 4 se castiguen con una sanción máxima de privación de libertad de al menos dos años.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito