+Artículo 9 6.

Artículo 9 6.

El presente artículo no se aplicará a los derechos de voto mantenidos en la cartera de negociación, según se define en el artículo 11 de la Directiva 2006/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito ( 13 ), de una entidad de crédito o empresa de inversión, siempre que:

a) 

los derechos de voto mantenidos en la cartera de negociación no superen el 5 %, y

b) 

los derechos de voto asociados a las acciones mantenidas en la cartera de negociación no sean ejercidos ni utilizados de otro modo para intervenir en la gestión del emisor.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito