+Artículo 20 7.

Artículo 20 7.

Si se ejercitase una acción ante un tribunal u órgano jurisdiccional de un Estado miembro con relación al contenido de la información regulada, la responsabilidad del pago de los costes incurridos en concepto de traducción de esa información a efectos procesales se decidirá de conformidad con la legislación de ese Estado miembro.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito