+Artículo 2 4.

Artículo 2 4.

Respecto de aquellas partes de la operación de pago que se lleven a cabo en la Unión, el título III, salvo el artículo 45, apartado 1, letra b), el artículo 52, apartado 2, letra e), el artículo 52, apartado 5, letra g), y el artículo 56, letra a), y el título IV, salvo el artículo 62, apartados 2 y 4, y los artículos 76, 77 y 81, el artículo 83, apartado 1, y los artículos 89 y 92, se aplicarán asimismo a las operaciones de pago, en todas las monedas, en las que solo uno de los proveedores de servicios de pago esté situado dentro de la Unión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito