+Artículo 3 duodecies 1.
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Artículo 3 duodecies 1.
La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de los artículos 3 octies, 3 nonies y 3 decies que incluirá una valoración de la necesidad de exigir a los gestores de activos que hagan pública determinada información en virtud del artículo 3 decies, teniendo en cuenta la correspondiente evolución del mercado de la Unión e internacional. Dicho informe se publicará a más tardar el 10 de junio de 2022, acompañado, en su caso, de propuestas legislativas.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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