+Artículo 3 duodecies 1.

Artículo 3 duodecies 1.

La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de los artículos 3 octies, 3 nonies y 3 decies que incluirá una valoración de la necesidad de exigir a los gestores de activos que hagan pública determinada información en virtud del artículo 3 decies, teniendo en cuenta la correspondiente evolución del mercado de la Unión e internacional. Dicho informe se publicará a más tardar el 10 de junio de 2022, acompañado, en su caso, de propuestas legislativas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito