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+Artículo 13 3. |
Artículo 13 3.La autoridad competente hará pública la revocación de autorización, en particular a través de los registros a que se refieren los artículos 14 y 15.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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