+Artículo 17 1.

Artículo 17 1.

Las Directivas 86/635/CEE y 2013/34/UE y el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 8 ), se aplicarán mutatis mutandis a las entidades de pago.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito