+Artículo 19 2.

Artículo 19 2.

Una autoridad competente podrá requerir a las personas físicas y jurídicas que actúen en el préstamo de un instrumento financiero específico o de una clase de instrumentos financieros que notifiquen cualquier cambio significativo en las primas exigidas para efectuar tal préstamo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito