+Artículo 22 Medidas por parte de otras autoridades competentes

Artículo 22 Medidas por parte de otras autoridades competentes

Artículo 22

Medidas por parte de otras autoridades competentes

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26, una autoridad competente solo podrá imponer o prorrogar una medida en virtud de los artículos 18, 19, 20 o 21 en relación con un instrumento financiero para el que no sea la autoridad competente pertinente si cuenta con el consentimiento de dicha autoridad competente pertinente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito