+Artículo 33 3.

Artículo 33 3.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, letras a) y b), las autoridades competentes estarán facultadas en casos individuales para exigir de una persona física o jurídica que realice una operación con una permuta de cobertura por impago la siguiente información:

a) 

una explicación del objeto de la operación y de si su finalidad es cubrir un riesgo u otro, y

b) 

datos que demuestren el riesgo subyacente si la operación es para cobertura.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito