+Artículo 43 Plazo para la adopción de actos delegados

Artículo 43 Plazo para la adopción de actos delegados

Artículo 43

Plazo para la adopción de actos delegados

La Comisión adoptará los actos delegados en virtud del artículo 2, apartado 2, el artículo 3, apartado 7, el artículo 4, apartado 2, el artículo 5, apartado 4, el artículo 6, apartado 4, el artículo 7, apartado 3, el artículo 17, apartado 2, el artículo 23, apartado 5 y el artículo 30 antes del 31 de marzo de 2012.

La Comisión podrá prorrogar el plazo contemplado en el párrafo primero por seis meses.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito