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+Artículo 43 Plazo para la adopción de actos delegados |
Artículo 43 Plazo para la adopción de actos delegadosArtículo 43 Plazo para la adopción de actos delegados La Comisión adoptará los actos delegados en virtud del artículo 2, apartado 2, el artículo 3, apartado 7, el artículo 4, apartado 2, el artículo 5, apartado 4, el artículo 6, apartado 4, el artículo 7, apartado 3, el artículo 17, apartado 2, el artículo 23, apartado 5 y el artículo 30 antes del 31 de marzo de 2012. La Comisión podrá prorrogar el plazo contemplado en el párrafo primero por seis meses. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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