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Artículo 9 SubcontrataciónArtículo 9 Subcontratación No se llevará a cabo la subcontratación de funciones operativas importantes de manera que ello perjudique sensiblemente a la calidad del control interno de la agencia de calificación crediticia y a la capacidad de la AEVM para controlar que la agencia de calificación crediticia cumple las obligaciones previstas en el presente Reglamento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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