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+Artículo 22 4. |
Artículo 22 4.Las funciones de las autoridades competentes designadas en virtud del apartado 1 serán responsabilidad de las autoridades competentes del Estado miembro de origen.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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