+Artículo 17 2.

Artículo 17 2.

La AEVM podrá ampliar el plazo de examen a 15 días laborables, en particular en el caso de que las agencias de calificación crediticia:

a) 

prevean refrendar calificaciones crediticias a tenor del artículo 4, apartado 3;

b) 

prevean recurrir a la subcontratación, o

c) 

soliciten quedar exentas del cumplimiento de conformidad con el artículo 6, apartado 3.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito