+Artículo 21 7.

Artículo 21 7.

La AEVM cooperará con la ABE y con la AESPJ en el ejercicio de sus tareas y consultará con la ABE y la AESPJ a dichas Autoridades antes de publicar y actualizar orientaciones y presentar los proyectos de normas técnicas a que se refieren los apartados 2, 3 y 4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito