+Artículo 23quinquies 3.
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Artículo 23quinquies 3.
Los agentes de la AEVM y demás personas acreditadas por ella para realizar inspecciones in situ ejercerán sus poderes previa presentación de un mandamiento escrito que especificará el objeto y el propósito de la inspección, así como las multas coercitivas previstas en el artículo 36 ter cuando las personas afectadas no se sometan a la inspección. La AEVM anunciará la inspección a la autoridad competente del Estado miembro donde se vaya a llevar a cabo con suficiente antelación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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