+Artículo 38 Procedimiento de comité
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Artículo 38 Procedimiento de comité

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 38 1.
La Comisión estará asistida por el Comité europeo de valores establecido por la Decisión 2001/528/CE de la Comisión ( 17 ).
Artículo 38 3.

En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

El plazo contemplado en el artículo 5, apartado 6, de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito