+Artículo 39ter 3.
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Artículo 39ter 3.
A más tardar el 31 de diciembre de 2013, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la viabilidad de una red de pequeñas agencias de calificación crediticia a fin de incrementar la competencia en el mercado. Dicho informe evaluará el apoyo financiero y no financiero para la creación de dicha red, teniendo en cuenta los posibles conflictos de intereses que podría suponer una financiación pública de esas características. A la luz de las conclusiones de dicho informe y tras el asesoramiento técnico de la AEVM, la Comisión podrá volver a evaluar las disposiciones del artículo 8 quinquies y proponer su modificación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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