+Artículo 39ter 3.

Artículo 39ter 3.

A más tardar el 31 de diciembre de 2013, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la viabilidad de una red de pequeñas agencias de calificación crediticia a fin de incrementar la competencia en el mercado. Dicho informe evaluará el apoyo financiero y no financiero para la creación de dicha red, teniendo en cuenta los posibles conflictos de intereses que podría suponer una financiación pública de esas características. A la luz de las conclusiones de dicho informe y tras el asesoramiento técnico de la AEVM, la Comisión podrá volver a evaluar las disposiciones del artículo 8 quinquies y proponer su modificación.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito