+Artículo 19bis 1.

Artículo 19bis 1.

Los requisitos establecidos en el anexo III se aplicarán a la elaboración de índices de referencia de transición climática de la UE e índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París, y a las aportaciones a tales índices, de manera adicional a los requisitos de los títulos II, III y IV.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito