+Artículo 19bis 3.

Artículo 19bis 3.

El administrador de índices de referencia que proporcione un índice de referencia de transición climática de la UE o un índice de referencia de la UE armonizado con el Acuerdo de París cumplirá el presente Reglamento a más tardar el 30 de abril de 2020.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito