+Artículo 54 4.
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Artículo 54 4.
A más tardar el 31 de diciembre de 2022, la Comisión revisará las normas mínimas de índices de referencia de transición climática de la UE y de índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París con el fin de garantizar que la selección de los activos subyacentes es coherente con las inversiones sostenibles desde un punto de vista ambiental tal como se definen en un marco de la Unión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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