+Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
---+Artículo 1 a)
---+Artículo 1 b)
---+Artículo 1 c)
---+Artículo 1 d)
---+Artículo 1 e)
---+Artículo 1 f)
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Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento establece los requisitos aplicables en relación con las infraestructuras del mercado basadas en la TRD y sus organismos rectores por lo que respecta a:
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 1 a)
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la concesión y revocación de autorizaciones específicas para operar infraestructuras de mercado basadas en TRD de conformidad con el presente Reglamento;
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Artículo 1 b)
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la concesión, modificación y revocación de las exenciones relativas a las autorizaciones específicas;
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Artículo 1 c)
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la imposición, modificación y revocación de las condiciones asociadas a las exenciones, así como la imposición, modificación y retirada de las medidas compensatorias o correctoras;
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Artículo 1 d)
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la gestión de infraestructuras del mercado basadas en TRD;
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Artículo 1 e)
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la supervisión de infraestructuras del mercado basadas en TRD; y
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Artículo 1 f)
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la cooperación entre los organismos rectores de infraestructuras del mercado basadas en TRD, las autoridades competentes y la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados) creada por el Reglamento (UE) n.o 1095/2010 (AEVM).
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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